martes, mayo 30, 2006

Pedido de Informe sobre la falta de barrido municipal

Esta semana, el Bloque de Concejales del ARI de Lanús presentó un pedido de informe para que la secretaría de servicios públicos explique cómo se está llevando a cabo el barrido municipal, ya que existe gran cantidad de reclamos. Muchos vecinos, luego de llamar resiteradas veces al área de limpieza, dejar asentado su reclamo y no ver resultados durante MESES, se dirigen al Concejo Deliberante en busca de una solución.

En lo que va del año, del total de los expedientes ingresados en el Concejo Deliberante, los reclamos relacionados a la falta de barrido constituyen el 24%. Y algunos de ellos, presentados por el mismo bloque del PJ. Aunque parezca mentira, luego de presentado este pedido de informes, ingresa por Mesa de Entradas otra queja más por la falta de barrido



A través de este Proyecto de Resolución se pide a la Secretaría de Servicios Públicos que envíe la organización del barrido municipal, es decir, distribución del personal, horarios, divisiones territoriales, etc. También que se informe sobre la cantidad de personal afectado, el salario, los horarios y también los materiales, herramientas e indumentaria con las que cuenta.

En otro artículo se pide que explique la causa de la gran cantidad de reclamos referidos al barrido de las calles.

Esta falta de barrido, uno de los servicios esenciales que debe prestar toda comuna, se convierte en un grave problema, ya que provoca mal olor, cultivo de agentes patógenos, ratas y obstrucción de las bocas de tormenta, que a su vez trae aparejado inundaciones.

Noticia relacionada: http://www.politicadelsur.com.ar/0012/012lanus02.htm

Juicio Político al Ministro de Justicia Bonaerense Eduardo Di Rocco

La Plata, 23 de mayo de 2006

El bloque de diputados bonaerenses del ARI, integrado por Horacio Piemonte, Walter Martello, Sebastián Cinquerrui y Mario Fabris, presentó este martes 23 el pedido de juicio político al Ministro de Justicia Eduardo Di Rocco, por falta de cumplimiento a los deberes de funcionario público, por su responsabilidad en los hechos ocurridos en la Unidad Penitenciaria Nº 28 de Magdalena, que causaron la muerte de 33 personas, el 15 de octubre de 2005.

Los legisladores aristas manifiestan que existen suficientes pruebas que indicarían que al momento del trágico episodio de la Cárcel de Magdalena, había una preocupante superpoblación penitenciaria, falta de extintores para combatir las llamas (en todo el penal había 55 matafuegos, de los cuales sólo 31 estaban en condiciones de uso), falta de mangueras con las bombas que debían abastecerlas, además de colchones altamente inflamables y tóxicos.

Di Rocco habría incumplido las obligaciones y deberes establecido en el Capítulo IV, artículos 147º y subsiguientes de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y por la Ley Orgánica de los Ministerios, Ley 13.175, artículo 18, por la que el Ministro deberá responder ante el Pueblo Soberano por sus actos y omisiones en el cumplimiento del deber que juró cumplir, de afianzar la justicia y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y garantías constitucionales a todos los habitantes de la provincia.

El ARI asegura que “la tragedia ocurrida el 15 de octubre no es un hecho aislado y mucho menos fortuito ya que entre 2001 y 2003 se produjeron 7 denuncias de incendios en unidades dependientes del Servicio Penitenciario Bonaerense; el 22 de febrero de 2005, seis personas perdieron la vida en un incendio en el Hospital Penitenciario de la Unidad 22 de Lisandro Olmos; y entre el 11 y 12 de julio del mismo año, tres internas murieron y otras tantas detenidas resultaron gravemente lesionadas.

Este aporte se suma a los informes presentados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el Observatorio Internacional de Prisiones, el Comité contra la Tortura de las Naciones Unidas, el Defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino, el Comité de Tortura de la Comisión Provincial por la Memoria, la Dirección Provincial de Política Penitenciaria y Readaptación Social, el Centro de Estudios Legales y Sociales (Cels), quienes vienen advirtiendo desde hace años el estado catastrófico de las cárceles de la Provincia y las condiciones infrahumanas a las que son sometidas las personas privadas de su libertad.

Lo que resulta realmente sugestivo es que luego de las muertes de Magdalena se modificó la Ley de Excarcelaciones y se produjo el cambio de colchones y almohadas, también denunciadas penalmente por el bloque ARI, por un 82 por ciento de sobreprecios en su compra. La pregunta de los legisladores es: ¿tuvieron que morir 33 personas para hacer lo que la Ley, la Justicia y los Organismos Públicos y Privados le exigían?

Cabe destacar que, como lo establece el artículo 73, inciso 2, de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, el Juicio Político es un procedimiento especial tendiente a evaluar la responsabilidad política de los funcionarios y así juzgar la conveniencia o no de su continuidad en el desempeño de un determinado puesto de gobierno, en base a cargos o hechos que se formulan a los acusados en relación de su actuación y la idoneidad que requiere para ejercerlo adecuadamente.

La valoración de la responsabilidad política es claramente diferente de la responsabilidad penal y civil, estas últimas orientadas a analizar si determinada conducta merece o no la imposición de una pena o si ante la verificación de un daño corresponde que el responsable proceda a su reparación.



Dip. Horacio Piemonte - Presidente
Dip. Walter Martello - Vicepresidente
Dip. Mario Fabris
Dip. Sebastián Cinquerrui


BLOQUE ARI
Provincia de Buenos Aires
Ver noticia relacionada en: http://www.politicadelsur.com.ar/0012/012provincia02.htm

domingo, mayo 07, 2006

El ARI junto a la Comunidad Armenia

El Bloque del ARI presentó, acompañado con la firma de otros bloques, un proyecto para declarar de interés legislativo las actividades realizadas por la Escuela Jremian y el Instituto Canbazyan de Valentín Alsina, con motivo del 91º Aniversario del genocidio armenio iniciado en 1915 y perpetrado por el Estado Turco. En dicho proyecto, el H.C.D. de Lanús brinda su apoyo a la comunidad armenia y un sentido homenaje a las víctimas del genocidio. La iniciativa se enmarca en la Declaración del año 2006 como el Año de la “MEMORIA, VERDAD Y JUSTICIA”, con motivo de la conmemoración de los 30 años del golpe de estado que diera inicio a la última dictadura militar argentina.
El Concejal del ARI, Mariano Amore, vecino de Valentín Alsina, estuvo presente en el acto realizado por estos colegios y toda la comunidad, el día 24 de abril. Al finalizar, se inauguró una nueva parte del monumento a las víctimas del genocidio ubicado en la plazoleta de la Av. Rivadavia. Llamó la atención la ausencia de funcionarios del oficialismo.
Al día siguiente, en el salón de los Pasos Perdidos del Congreso de la Nación, se realizó un acto donde participaron los representantes de la comunidad armenia de Argentina junto a diputados nacionales de distintas vertientes políticas (entre los que se encontraba el Diputado arista Dr. Carlos Raimundi). En el mismo se pidió que el Estado Argentino reconozca oficialmente la masacre. El Concejal Amore también estuvo presente invitado por la comunidad.

Para más información: http://www.genocidioarmenio.org

Si te quejas, te cobro

El municipio de Lanús estaría exigiendo excesivos requisitos para la presentación de quejas por parte de los vecinos. Entre estos se encuentran el pedido de DNI (algo que es razonable), constancia del CUIL e inclusive abonar una tasa. Existen muchas maneras de obstruir el ejercicio de un derecho. Exigir muchos requisitos es uno de ellos.
Cuando un vecino va a ser un reclamo porque no pasa el barrendero por su casa (muy habitual en estos días), primero van a estar enviándolo de una oficina a otra. Cuando llega a la indicada, le piden la fotocopia del Documento, que si no fue precavido, tendrá que ir a sacarle una copia. Luego le pedirán la constancia del CUIL, que para eso tendrá que ir hasta un locutorio, hacer una impresión y gastar dinero. Y como si esto fuera poco, le exigirían que pague una tasa para el inicio del expediente. Si el vecino tiene mucha paciencia y dinero, hará todo como se lo piden. Pero la verdad que muy pocos están dispuestos a hacer eso. La gran mayoría no aguantará este manoseo y tras elevar la voz y discutir con el empleado, dará media vuelta y se irá. Y el reclamo se irá con ellos.
Es por eso que al exigir grandes requisitos, el derecho de peticionar a las autoridades se ve obstaculizado. Y desde el Bloque del ARI presentamos un pedido de informe para que el Intendente justifique en qué normativa se basa para pedir estos requisitos. La participación ciudadana es un derecho y trae beneficios para todos, ya que ejerce funciones de control sobre la administración y democratiza las decisiones del Ejecutivo, acercándolo a los problemas de la gente. Una de las herramientas de la participación ciudadana es el derecho de peticionar a las autoridades y no puede ser obstaculizado por ninguna medida obsoleta, imponiendo grandes restricciones.

Información para el ejercicio de las funciones de Concejal


En la tarea diaria de los concejales, es necesario contar con información completa y actualizada de las decisiones del Departamento Ejecutivo. En la actualidad, esta información es suministrada a cuenta gotas, de manera incompleta, ambigua y escasa. Ni siquiera reciben algo tan básico como el Boletín Municipal. Sólo pueden tomar vista de los decretos del Intendente que ingresan al Concejo Deliberante, pero que ingresan fuera de tiempo, o incompletos, y de los cuales hay una sola copia para los 24 ediles.
Es por todo esto que los Concejales del ARI presentaron un proyecto de ordenanza para que oportunamente el Departamento Ejecutivo envíe el Boletín Municipal al H.C.D., suministrando una copia para cada bloque.
Este es un pequeño paso para incrementar los mecanismos de transparencia y acceso a la información y se enmarca en una política del Bloque de impulsar este tipo herramientas.